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¿Perdiste tu PPT? Aquí te explicamos cómo sacar el duplicado paso a paso

Si extraviaste tu Permiso por Protección Temporal (PPT), por las razones que sea, no te preocupes, ya que puedes obtener un duplicado de ese documento de manera rápida y segura. Aquí te explicaremos cómo hacerlo, paso a paso.

El proceso para sacar el duplicado del PPT se hace en dos fases: la primera es 100 % on line, a través del portal de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, y la segunda fase se realiza directamente en la oficina de Migración más cercana a su lugar de domicilio.

¿Qué requisitos debo presentar?

Es necesario que tengas una foto o imagen de PPT que has extraviado, o la constancia del Registro Único de Migrantes Venezolanos (RUMV). En cualquiera de estos casos, la imagen debe estar en formato PDF. Si no la tienes el PDF, prueba convirtiendo la imagen JPG en archivo PDF a través de un convertidor de imágenes a PDF, solo haz clic aquí en este enlace.

Si no cuentas con ninguna imagen de tu PPT extraviado ni del RUMV, debes acercarte hasta la oficina de Migración Colombia más cercana a tu domicilio y presentar tu cédula venezolana, para que te brinden asistencia técnica al respecto.

¿Es necesario hacer la denuncia ante la Policía por la pérdida del PPT?

No, ya no es necesario formalizar la denuncia por extravío del PPT ante la autoridad policial, de hecho, la Policía Nacional ya no está diligenciando este tipo de actos administrativos. Lee la explicación que da la Policía Nacional haciendo clic en: ¿Por qué no es necesario realizar el reporte por pérdida de documento ante la Policía Nacional?

 Simplemente debes iniciar el proceso de duplicado del PPT, como verás a continuación:

Cómo sacar el duplicado del PPT

Paso 1: Ingresa al portal de Migración Colombia

Haz clic en la siguiente dirección que compartimos: https://www.migracioncolombia.gov.co

 

Paso 2: Buscar el enlace “Trámites y Servicios”

Busca debajo del banner principal de la página, encontrarás varios enlaces a diferentes servicios, ubica el recuadro “Trámites y Servicios”, haz clic allí y abrirá una nueva pestaña.

Paso 3: Localiza el enlace “Trámites”

En la nueva pestaña, verás tres enlaces: “Trámites”, “Servicios” y “Agende su cita”. Haz clic en “Trámites”.

Paso 4: Bienvenidos a la sección de Trámites

Allí te mostrarán todos los trámites que puedes diligenciar a través del Formato Único de Trámites. Haz clic en “aquí”, en la parte inferior, como ves en la imagen.

Paso 5: Acepta la “medida transitoria”

Se supone que el diligenciamiento del Formato Único de Trámites es en línea y de manera “transitoria” con el fin de prevenir y mitigar el COVID-19. Haz clic en “continuar”, como ves en la imagen.

Paso 6: Indica el tipo de trámite y dónde lo realizarás

Este paso es muy importante: aquí seleccionarás la opción “RE Expedición PPT” y a la derecha seleccionarás la ciudad donde diligenciarás de forma presencial el proceso.

Paso 7: Aceptar los alcances de la expedición del duplicado

Se abre un landing page, donde se explica que este diligenciamiento solo es para obtener un nuevo duplicado del PPT, no implica una actualización de datos personales, previsto en el parágrafo 1 del artículo 4 de la Resolución 0971 de 2021 (Estatuto de Protección Temporal para Migrantes Venezolanos). Solo haz clic en Aceptar y avanza con el proceso.

Paso 8: Colocar los datos personales

Aquí colocarás tu información personal, que debe coincidir tal como aparece en tu PPT extraviado. Si en ese documento había errores, debes llenar estos datos tal cual y luego, durante la etapa presencial (más adelante se explicará) puedes comentar al funcionario de Migración sobre esos errores, que él te orientará en lo que debes hacer. La “fecha de expedición” es la fecha en que fue emitido tu PPT. Si no sabes la fecha (porque nunca sacaste foto a tu documento extraviado), te recomendamos acudir a la oficina de Migración más cercana a tu domicilio para obtener información.

Paso 9: Documentos de soporte

Aquí volverás a colocar el número de tu PPT y haz clic al botón “AGREGAR ARCHIVO”, aquí adjuntarás el archivo PDF con la imagen de tu PPT o RUMV.

Paso 10: Dar consentimiento

Aquí vas a dar fe de que toda la información aportada arriba es totalmente cierta y que puede ser verificada por oficiales de Migración Colombia. Para verificar que eres una persona real (y no un bot), debes colocar el captcha (repetir las mismas letras minúsculas y números) en el cuadro a la derecha y por último hacer clic en “ACEPTO”.

Paso 11: Código de validación

Al llegar a este paso, significa que ya culminaste con la primera etapa del proceso: la solicitud en línea. Debes hacer captura de pantalla a esta imagen o anotar el número generado. Con este código y una copia de tu PPT extraviado o del RUMV debes acudir a la oficina de Migración Colombia en la ciudad que colocaste en el Paso 6.

Paso 12: Repetición del registro biométrico

En la oficina de Migración Colombia en cuestión, los funcionarios confirmarán que hiciste una solicitud de expedición del duplicado y repetirás de nuevo el registro biométrico, es decir, volverán a tomar tus huellas dactilares, foto del rostro y firma, esto para certificar que realmente eres tú (el titular del PPT) que está solicitando el duplicado.

Paso 13: Pagar el duplicado

Luego, los funcionarios te indicarán dónde pagar el valor del duplicado (hasta la fecha de publicación de esta nota, el valor es de 17.000 pesos) y luego presentar el comprobante de pago ante Migración.

Paso 14: Esperar el duplicado

Culminado este paso, los funcionarios te indicarán en cuánto tiempo, aproximadamente, recibirás el duplicado y la oficina donde lo retirarás.

Cuando tengas a mano tu duplicado, te recomendamos sacarle una fotocopia a color en ambas caras y plastificarlo, siendo este el documento que tendrás a mano diariamente, mientras que el duplicado lo mantendrás en un lugar seguro.

¿Necesitas más información sobre tu estatus migratorio? ¿No sabes cómo acceder a servicios? ¿Sabes cuáles son tus derechos en Colombia? En la Asociación Salto Ángel te podemos orientar en tu proceso de integración en Colombia. También te ofrecemos asesoría en regularización migratoria, orientación en acceso a los servicios de salud, aseguramiento y Sisbén, incorporación al sistema educativo, orientación en empleabilidad y bancarización, atención psicosocial, entre otros. Comunícate con nosotros a través de la Línea de Atención y Orientación (LAO) de la Asociación Salto Ángel: 3233161314 | 3106510299. Síguenos en Instagram, Facebook y X.

Abraham Puche / Comunicaciones Asangel

  • septiembre, 7
  • 956
  • Migración, Permiso por Protección Temporal PPT
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<strong>Radiografía de los migrantes venezolanos y retornados en Colombia: así lo dice el DANE</strong>

El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) publicó la más reciente Encuesta Pulso de la Migración (EPM) que muestra las realidades de los migrantes venezolanos y colombianos retornados en el país (marzo – abril de 2023). Se encuestaron a 6.582 personas, por vía telefónica, en 23 ciudades del país con mayor cantidad de migrantes venezolanos y colombianos retornados, entre ellas Riohacha.

La Encuesta revela grandes avances y barreras en cuanto al acceso a derechos y servicios, medios de vida, regularización migratoria, entre otros. Además, la EPM proporciona información relacionada con: características del hogar, situación migratoria, condiciones de salud, mercado laboral y percepción de discriminación.

El estudio, fechado en julio de 2023, precisa que “la población objetivo de la encuesta es la población migrante desde Venezuela que reside en el territorio nacional y con vocación de permanencia, de 15 años o más. Se incluye dentro de esta población tanto las personas con nacionalidad venezolana como los colombianos retornados. Además, debe haber migrado en los últimos 5 años”.

¿Qué dice la Encuesta sobre los migrantes venezolanos y retornados en el país?

  • La mayoría de la población migrante proveniente de Venezuela (migrantes venezolanos y colombianos retornados) son jóvenes y en edades productivas, entre los 15 a 44 años: 82,8 % corresponden a las mujeres y 82,7 % para los hombres.
  • Haciendo un análisis comparativo entre sus experiencias de vida que tenían en Venezuela y que ahora tienen en Colombia, la EPM muestra que un alto porcentaje de jóvenes vivían con sus padres en Venezuela, pero los dejaron atrás al migrar a Colombia; en cambio, se observa un repunte de reunificación familiar, ya que muchos de estos migrantes se trajeron a sus hijos. De igual modo, se aprecia una fuerte tendencia a convivir con algún familiar en Colombia.
  • Más del 61 % de los encuestados aseguran que comen tres veces al día, 36,5 % dice que comen dos veces diariamente y 1,6 % afirma que solo come una vez al día.
  • El 56,7 % de los migrantes venezolanos consultados cuentan con su Permiso por Protección Temporal (PPT), mientras que el 37,4 % no tiene ningún documento que acredite su presencia en Colombia. De estos últimos, el 27,9 % señala que todavía están tramitando algún documento de regularización migratoria, el 17,0 % cree que no lo necesita, el 8,0 % no tiene documentación por falta de información y el 6,7 % no cumple con los requisitos para la regularización migratoria.
  • El 14,5 % de los hogares encuestados advierten que sus niños y adolescentes no están estudiando. ¿Las razones? El 34,2 % admite que desertaron de la escolaridad porque no cuentan con documentos para inscribirse en una institución educativa. Es llamativo que estos menores venezolanos no estén escolarizados por falta de documentos, puesto que el decreto 1288 de 2018 obliga a las escuelas y liceos a inscribir a menores de edad venezolanos, sin importar si cuentan o no con documentación de regularización migratoria. De todos modos, el Registro Único para Migrantes Venezolanos (RUMV), proceso virtual para acceder al PPT, sigue disponible para niñas, niños y adolescentes venezolanos que están estudiando en Colombia, hasta el 31 de mayo de 2031.
  • La gran mayoría de los migrantes venezolanos y colombianos retornados entraron a Colombia por razones económicas (84,4 %). Otros motivos fueron: acceder a los servicios de salud (45,4 %, en particular las personas mayores de 55 años), educación (44,6 %), seguridad (32,4 %) y por reunificación familiar (24,5 %).
  • Más de la mitad de las personas que migraron o retornaron a Colombia entraron por Norte de Santander (57,7 %), seguido por La Guajira (33,5 %), Arauca (6,5 %) y Bogotá (1,1 %). Esto revela que la inmensa mayoría de migrantes y retornados entran a Colombia por vía terrestre, por lo que se pudiera inferir las capacidades económicas limitadas que tenían al momento de venir.
  • En cuanto a la vocación de permanencia en Colombia, el 81,7 % de los encuestados asegura que desea vivir permanentemente en Colombia, apenas el 2,6 % reconoce sus intenciones de regresar a Venezuela y solo 1,1 % dice que planea irse a otro país. El 14,6 % de los consultados están indecisos.
  • La mayoría de los encuestados afirman que su salud está en buenas condiciones: 64,8 % dice que están “bien” y 9,8 % dice que están “muy bien”. No obstante, si lo vemos por edad, se observa que el 47 % de los encuestados mayores de 55 años dice que su salud está “regular”. Recordemos que la salud fue la razón predominante de este sector etario para migrar hacia Colombia. El 64 % de todos los encuestados están afiliados al sistema de salud (en su mayoría en régimen subsidiado) y 34,7 % aún no lo está. Nuevamente, la falta de documentos fue la razón principal por la cual ellos no cuentan con servicio de salud.
  • Sobre el acceso al empleo, se aprecia que la situación está casi a la par. El 52,4 % de los consultados no ha tenido dificultad para encontrar trabajo, mientras que el 47,6 % sí ha experimentado problemas. La encuesta DANE muestra que el principal obstáculo para localizar un empleo es la falta de documentación (52,6 %), mientras que un alarmante 34,5 % afirma que han sido víctimas de xenofobia a la hora de buscar trabajo. El 81,5 % de los que están trabajando no tienen contrato formal por escrito, lo que pudiera representar una desventaja a la hora de reclamar sus derechos laborales.
  • El 41,4 % de los migrantes y retornados se consideran pobres, lo cual encaja con las respuestas anteriores sobre las dificultades en el acceso al trabajo, la deserción escolar y que un grueso de la población encuestada está en régimen de salud subsidiado o no tiene acceso a los servicios médicos.
  • Tan solo el 26,3 % de los migrantes y retornados encuestados por el DANE tiene algún producto o servicio financiero (cuenta bancaria, billetera virtual, etcétera). Vale recordar que los migrantes venezolanos con PPT, refugiados y retornados pueden acceder a la bancarización. Apenas el 17,3 % de los consultados enviaron remesas a Venezuela.
  • El 26,8 % de los encuestados aseguran haber sido víctimas de discriminación, principalmente por su estatus migratorio. La mayoría de estos actos han sido en la calle o lugares públicos, seguido en sus lugares de trabajo y mientras buscaban un lugar para vivir.
  • Un punto positivo a resaltar en esta encuesta es que la gran mayoría de los migrantes y retornados encuestados se sienten muy bien identificados con la cultura colombiana (67,9 %).

Para ver más información detallada sobre la encuesta, haz clic AQUÍ.

Si quieres más información o si necesitas apoyo en el diligenciamiento del RUMV, puedes comunicarte con la Línea de Atención y Orientación (LAO) de la Asociación Salto Ángel: 3233161314 | 3106510299. Síguenos en Instagram, Facebook y Twitter.

Abraham Puche / Comunicación Asangel

  • julio, 6
  • 238
  • Migración, Permiso por Protección Temporal PPT, Regularización Migratoria
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Los migrantes venezolanos en Colombia ya pueden optar por la Visa de Residente y la Cédula de Extranjería

De acuerdo con la Resolución 5477 de 2022, desde este 1 de junio de 2023 los migrantes regulares venezolanos que hayan cumplido los requisitos pueden optar por la Visa de Residente Permanente (Visa R) destinada a venezolanos que se hayan acogido al Estatuto Temporal de Protección (ETPV), y en consecuencia podrán solicitar la Cédula de Extranjería.

¿Qué es esta Visa R para venezolanos? ¿Pueden aplicar TODOS los migrantes venezolanos que viven en Colombia? ¿Qué pasará con el PPT? ¿Cuáles son los requisitos para obtener esta Visa R? ¿Qué pasa si no la pido? A continuación, responderemos estas y otras preguntas vitales relacionadas con la permanencia y futuro de la población migrante venezolana en Colombia, pero antes tenemos que entender qué es una visa y sus tipos.

¿Qué es una Visa y cuáles son los tipos de visa en Colombia?

Una visa es un documento que autoriza a una persona extranjera a ingresar y permanecer en el país, por el tiempo y condiciones establecidas en cada visado. Algunos países exigen visa a ciertas nacionalidades para su ingreso, pero otros no. En el caso de Colombia, la visa es el documento que todo extranjero o extranjera debe poseer para vivir en el país y realizar cualquier operación dentro de las leyes correspondientes.

De acuerdo con la Resolución 5477 de 2022, en Colombia hay tres tipos de visa:

  1. Visa de Visitante (V)
  2. Visa de Migrante (M)
  3. Visa de Residente Permanente (R)

Dentro de cada tipo de visa hay diferentes categorías, de acuerdo a la condición migratoria de cada solicitante. El artículo 22 de la Resolución 5477 de 2022 (en adelante) describe cada uno de los tipos de visa y sus respectivas categorías.

¿Qué es la Visa R y para qué sirve?

La Visa de Residente Permanente, mejor conocida como Visa R, es un documento expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores que se le otorgan a aquellos extranjeros que tienen intenciones de vivir permanentemente en territorio colombiano y que hayan cumplido con los requisitos de ley. Los portadores de la Visa R acceden, además, a la Cédula de Extranjería, de la cual explicaremos más adelante.

Los portadores de la Visa R están autorizados a ejercer cualquier ocupación legal en Colombia. Aunque el portador de la Visa R puede trabajar o tener una vinculación laboral legal en el país, igual debe cumplir con las normativas específicas para el ejercicio de cada profesión o actividad.

Tipos de Visa R

  1. Por renuncia a la nacionalidad (art. 89): dirigida a las personas colombianas por nacimiento o adopción que habían renunciado a su nacionalidad.
  2. Por tiempo acumulado (art. 90): dirigida para aquellas personas extranjeras titulares de una visa M y que hayan permanecido en el país el tiempo suficiente (de acuerdo a Resolución 5477 de 2022) para pasar a la visa R.
  3. Para venezolanos acogidos al Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos – ETPV (art. 91): dirigida exclusivamente a población migrante venezolana que hayan cumplido ciertos requisitos, que explicaremos más adelante.
  4. Residente Especial de Paz (art. 92): optan a esta visa los ciudadanos extranjeros exmiembros de las FARC-EP y que se hayan acogido al proceso de paz.

¿Qué es la Visa R para venezolanos con ETPV?

Es una visa de residente que se le otorga a la población migrante venezolana que se ha acogido al Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV) y que, además, cumplan los siguientes requisitos:

  • Haber sido titular de un Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente durante 5 años, o ser titular de un Permiso por Protección Temporal (PPT) vigente durante 5 años, o haber completado 5 años de tiempo acumulado con el PEP y el PPT.
  • Tener un Permiso por Protección Temporal vigente.

Esto quiere decir que, las personas migrantes venezolanas que hayan cumplido cinco años de permanencia regular en Colombia, bien sea por haber sido portadores del PEP y PPT (que entre ambos sumen cinco años), o por ser portador del PPT durante más de cinco años, pueden acceder a la Visa R.

Las personas migrantes venezolanas que tuvieron acceso al antiguo PEP deben verificar la fecha de expedición tanto de su primer PEP como su renovación, y además deben ser portadores vigentes del PPT. Si entre estos documentos suman cinco años, pueden solicitar la Visa R. No obstante, las personas migrantes venezolanas que solo tienen el PPT (vigente desde el año 2021), deben esperar cinco años contados desde su fecha de expedición para optar a la Visa R. En cambio, los que tuvieron PEP pero nunca hicieron transición al PPT no pueden optar por la Visa R, puesto que uno de los requisitos es tener un PPT vigente. Tampoco pueden optar a la Visa R los venezolanos que solo tuvieron Tarjeta de Movilidad Fronteriza u otro documento diferente al PEP y PPT.

¿Cuáles son los requisitos para optar por la Visa R para migrantes venezolanos?

  1. Tener, como mínimo, 5 años de permanencia regular en Colombia, bien sea como portador del PPT, portador del PEP o que la sumatoria de ambos documentos sea de cinco años.
  2. Tener vigente el Permiso por Protección Temporal.

La Autoridad de Visas, en uso de la Facultad Discrecional, agregó unos requisitos que las venezolanas y venezolanos deben presentar para acceder a la Visa R por aplicación del ETPV:

  • Fuente de ingresos y monto mensual con los que sufraga sus gastos de permanencia en Colombia, es decir, deben probar que son económicamente autosustentables. Esto se puede demostrar a través de constancias de trabajo con sus salarios o con una certificación de ingresos avalado por un contador público debidamente autorizado en Colombia.
  • Certificado de movimiento migratorios de los últimos 6 meses, que lo puedes solicitar en este enlace.
  • Presentar antecedentes penales por parte de las autoridades venezolanas, que lo puedes pedir a través del siguiente enlace del Ministerio de Relaciones Interiores, Justicia y Paz de Venezuela.

¿Por qué se hace énfasis en tener un PPT vigente?

Recordemos que el PPT puede ser cancelado, tal como lo dice el artículo 15 del decreto 0216 de 2021, y entre las razones de anulación están: que el migrante haya cometido delitos antes o después del otorgamiento del PPT, que se compruebe que se valió de evidencias o documentación falsa para obtener el PPT, que se demuestre que su permanencia en Colombia represente un riesgo a la seguridad nacional, o que el portador del PPT se haya ausentado del país por más de 180 días continuos. Por estas razones, no basta con tener 5 años con PPT para pedir la Visa R, sino que además debe tenerlo vigente.

¿Es necesario tener pasaporte para acceder a la Visa R para venezolanos?

Los migrantes venezolanos acogidos al ETPV no necesitan presentar pasaporte venezolano para solicitar la Visa R, sino solamente su PPT vigente y que hayan cumplido con el tiempo requerido de permanencia en el país (artículo 24, parágrafo 4) como puedes leer a continuación:

Sin embargo, y a pesar de lo que dice el Estatuto, el formulario de solicitud de visa de la Cancillería pide el número del pasaporte del aspirante a la Visa R. Aunque el Estatuto (artículo 24, parágrafo 4) dice que «en vez de pasaporte, se podrá aceptar para trámite de visa el PPT», en la práctica sí es necesario contar con un pasaporte para iniciar el proceso de solicitud de Visa R. Recuerde que en Colombia se reconoce la validez de los pasaportes venezolanos (nuevos o prórrogas) hasta por 10 años después de la fecha de vencimiento, de acuerdo a la Resolución 872 de 2019.

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¿Qué beneficios me otorga la Visa R para migrantes venezolanos?

  1. Estatus de residencia permanente en territorio colombiano.
  2. Ejercicio en cualquier actividad ajustada a las leyes.
  3. El titular de la Visa R para migrantes venezolanos bajo el ETPV puede solicitar la Visa para Beneficiarios (artículo 93, Resolución 5477 de 2022), que acobija a su cónyuge, compañero(a) sentimental permanente, hijos e hijas menores de 25 años que dependan económicamente del titular, o hijos e hijas mayores de 25 años pero que presenten algún tipo de discapacidad que les impidan su independencia económica. Los titulares de la Visa de Beneficiarios deberán cumplir cinco años con este documento vigente para optar por la Visa R.

¿Los migrantes venezolanos bajo en ETPV están obligados a pedir la Visa R?

Las personas migrantes venezolanas acogidas al ETPV que tienen intenciones de vivir indefinidamente en Colombia deben optar a la Visa R a partir de los cinco años mínimos de permanencia regular en el país, puesto que el PPT tiene validez hasta el 30 de mayo de 2031, a menos que el Gobierno decida extender la fecha.

El artículo 40, numeral 3, del ETPV señala algunas de las obligaciones del migrante venezolano, y entre ellas destaca:

“Solicitar y obtener una visa expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores antes del 28 de mayo de 2031, si su intención es permanecer en el territorio nacional a la terminación del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos, de conformidad con lo establecido en el Decreto 216 de 2021. Aquellos que pudiendo acceder a una visa y no lo hicieren y permanecieren en el territorio nacional, estarán sujetos a los procedimientos administrativos migratorios sancionatorios, con las consecuencias a que haya lugar”.

Esto quiere decir que aquella persona migrante venezolana portadora del PPT con más de 5 años en el país pero que no solicite la Visa R hasta el 28 de mayo de 2031, quedará nuevamente en condición irregular a partir de esta fecha y perderá el acceso a todos los derechos y servicios que ya había alcanzado (trabajo, salud, educación, bancarización, etcétera), y podría ser penalizada de acuerdo a la ley.

¿Qué pasará con mi PPT luego que me den la Visa R?

Luego de obtener la Visa R, su PPT quedará automáticamente derogado, por lo que es necesario solicitar una Cédula de Extranjería como su nuevo documento de identidad. Los titulares de la Visa R para migrantes venezolanos, luego que hayan obtenido la Cédula de Extranjería, deberán cambiar su tipo y número de identidad (de PPT a Cédula de Extranjería) en todos los organismos a los cuales se encuentra registrado (lugar de empleo, Adres, Sisbén, EPS – IPS, institución educativa, DIAN, Cámara de Comercio, bancos, registros, etcétera).

¿Tengo que demostrar el tiempo de permanencia en Colombia?

Se espera que las plataformas digitales de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia y el Ministerio de Relaciones Exteriores trabajen de manera coordinada, para verificar la data de los migrantes venezolanos que cumplan los requisitos y expedir las visas de manera automática, tal como lo asegura el parágrafo 1 del artículo 91 de la Resolución 5477 de 2022.

¿Cuánto cuesta la Visa R para migrantes venezolanos?

El portal web de Cancillería actualizó esta información y menciona que el precio de la Visa R para venezolanas y venezolanos bajo en ETPV es de 54,92 dólares estadounidenses ($USD) para el estudio de la solicitud y, luego de aprobarse, cancelar 400,33 $USD, para un total de 455,25 dólares estadounidenses (USD). Si tienes dudas sobre las formas de pago, puedes enviar una pregunta al buzón virtual de la Cancillería.

¿Cuánto tiempo dura la Visa R?

El portal web de la Cancillería responde a esta pregunta: «De conformidad con lo establecido en la Resolución 6045 de 2017, la Visa R tiene una vigencia de carácter indefinida, ahora bien, el periodo de validez de la etiqueta de la Visa R será de cinco (5) años, el cual podrá ser renovado a solicitud del titular». Al respecto, el abogado Rodrigo Tannus Serrano ofrece una explicación más detallada sobre la vigencia de la Visa R.

¿Puedo perder la Visa R?

Se puede perder la validez de la visa R si el titular se ausenta de Colombia por más de dos (2) años continuos (art. 88), o por las faltas contempladas en el artículo 114 de la Resolución 5477 de 2022. Asimismo, los portadores de la Visa de Beneficiarios la pierden si la Visa R del titular principal (cabeza de familia) se queda sin validez.

¿Qué es la Cédula de Extranjería?

La Cédula de Extranjería es el documento de identidad de los ciudadanos extranjeros portadores de alguna de las visas que así lo requieran.

¿Tiene algún costo la Cédula de Extranjería?

La Cédula de Extranjería tiene un costo de 246.000 pesos y los duplicados valen 245.000 pesos.

¿Cómo puedo acceder a la Visa R y la Cédula de Extranjería?

Los migrantes venezolanos que se hayan acogido al ETPV y hayan cumplido con las exigencias aquí mencionadas, pueden iniciar su proceso de solicitud de Visa R haciendo clic en este enlace. Los migrantes venezolanos que ya tengan la Visa R pueden pedir la Cédula de Extranjería a través de este enlace de Migración Colombia.

La Cancillería publicó una Guía de Usuario donde se explica paso a paso cómo hacer la solicitud en línea de la visa.

En la Asociación Salto Ángel te podemos orientar en el proceso de acceso tanto a la Visa de Residente para migrantes venezolanos bajo el ETPV como a la Cédula de Extranjería. También te ofrecemos asesoría en regularización migratoria, acceso a los servicios de salud, aseguramiento y Sisbén, incorporación al sistema educativo, orientación en empleabilidad y bancarización, atención psicosocial, entre otros. Comunícate con nosotros a través de la Línea de Atención y Orientación (LAO) de la Asociación Salto Ángel: 3233161314 | 3106510299. Síguenos en Instagram, Facebook y Twitter.

Abraham Puche / Comunicación Asangel

  • junio, 2
  • 3122
  • Migración, Permiso por Protección Temporal PPT, Regularización Migratoria
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<strong>¡Faltan pocos días para sellar el pasaporte y acceder al PPT! Entérate de los pasos aquí</strong>

En esta segunda fase de Registro Único de Migrantes Venezolanos (RUMV), los migrantes venezolanos mayores de edad con ánimos de residenciarse en Colombia tienen que optar al Permiso por Protección Temporal (PPT) haciendo un ingreso regular al país, es decir, sellando su pasaporte venezolano en algún Puesto de Control Migratorio desplegado en frontera terrestre, aeropuertos y puertos marítimos.

Los requisitos que deben cumplir los migrantes venezolanos mayores de edad para realizar el RUMV son los siguientes:

  • Fotografía tipo carné en fondo blanco en formato JPG (sin lentes, gorras ni accesorios)
  • Fotografía de la cédula de identidad venezolana en formato JPG, no importa si la cédula está vencida, vigente, original o fotocopia, lo importante es que sus datos sean legibles.
  • Imagen en formato PDF del pasaporte con sello de entrada a Colombia colocado en un puesto de control migratorio por autoridades de Migración Colombia. En el mismo archivo PDF deben colocarse la imagen de la hoja con los datos personales y la hoja donde se colocó el sello de entrada al país. Mira el ejemplo a continuación:

IMPORTANTE: la oportunidad de sellar el pasaporte se vence el próximo domingo 28 de mayo de 2023. Tal como señala el portal web de Migración Colombia, el RUMV solo estará disponible para aquellos “migrantes venezolanos que ingresaron a territorio colombiano de manera regular desde el 29 de mayo de 2021 hasta el 28 de mayo de 2023, a través del respectivo Puesto de Control Migratorio legalmente habilitado”.

Recuerda que tanto el diligenciamiento del RUMV, el registro biométrico y el Permiso por Protección Temporal son GRATUITOS, el plazo máximo para completar el RUMV expira el 24 de noviembre de 2023 y se realiza estrictamente a través del portal web de Migración Colombia. Los requisitos son los arriba mencionados, no se puede realizar solo con la cédula venezolana ni con cartas de residencia. ¡No caigas en estafas!

¿Qué opciones tienen los migrantes venezolanos menores de edad?

En el caso de los migrantes venezolanos menores de edad, pueden acceder al RUMV si ya se encuentran estudiando en cualquier institución educativa de Colombia en los niveles: inicial, preescolar, básica y media. En estos casos, los representantes deben diligenciar el RUMV para sus niños y niñas presentando foto tipo carné del niño o la niña en fondo blanco (JPG), foto de la cédula o partida de nacimiento (JPG) y la constancia de matriculación estudiantil o Simat (PDF). También pueden optar aquellos menores venezolanos vinculados bajo un Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos o al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes en Colombia. El plazo máximo para que los menores de edad puedan acceder al RUMV se vence el 30 de mayo de 2031, es decir, que durante todo el tiempo de vigencia del PPT estarán las puertas abiertas para los migrantes venezolanos menores de edad que cumplan con los requisitos ya descritos.

Si quieres más información o si necesitas apoyo en el diligenciamiento del RUMV, puedes comunicarte con la Línea de Atención y Orientación (LAO) de la Asociación Salto Ángel: 3233161314 | 3106510299. Síguenos en Instagram, Facebook y Twitter.

Abraham Puche / Comunicación Asangel

  • mayo, 18
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<strong>Amplían validez de la Certificación de Trámite PPT ¡Entérate para qué sirve y cómo obtenerla!</strong>

Migración Colombia ha anunciado la ampliación de la validez de la Certificación de Trámite PPT, con la cual los migrantes venezolanos en Colombia pueden ejercer sus derechos y acceder a una amplia gama de servicios, mientras esperan el documento en físico (plástico) del Permiso por Protección Temporal (PPT).

Esta Certificación se otorga a aquellos migrantes venezolanos en Colombia que han cumplido con todos los pasos del RUMV pero que todavía no han recibido el PPT en documento físico. Para ellos, Migración Colombia ha dispuesto de una Certificación que acredita al portador(a) para acceder a la oferta de servicios en el país mientras reciben el documento del PPT (Resolución 4278 de 2022). La nueva Resolución 1054 de 2023 modifica a la anterior, detalla aún más sus alcances y amplía su validez.

Como se recordará, inicialmente la Certificación de Trámite PPT tenía validez hasta el 30 de abril de 2023, pero con la nueva Resolución se extiende su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023, tiempo más que suficiente para que Migración entregue el documento físico del PPT a los casos pendientes.

¿Para qué sirve la Certificación de Trámite PPT?

La nueva Resolución explica detalladamente que los migrantes venezolanos portadores de la Certificación de Trámite PPT pueden acceder de manera temporal (durante su tiempo de validez o hasta que reciban el PPT en físico) a los siguientes servicios y beneficios:

  • Ingresar, permanecer, circular y salir del territorio colombiano, sin perjuicio de los requisitos que exijan los demás países para el ingreso a sus territorios.
  • Acceder a ofertas laborales formales, bien sea por contratación laboral, prestación de servicio o cualquier otra actividad legal en el país.
  • Acceder a los servicios de salud, seguridad social y sistema de pensiones, es decir, que con esta Certificación se puede inscribir en el Sistema de Salud, afiliarse a una EPS, registrarse en el Sisbén, etcétera.
  • Abrir una cuenta bancaria y optar por los demás productos y/o servicios con entidades financieras del país.
  • Optar al sistema educativo colombiano en todos sus niveles: educación inicial, preescolar, básica, media y superior, así como la prestación de servicios de formación, certificación de competencias laborales, gestión de empleo y servicios de emprendimiento por parte del SENA.

¿Cómo obtener la Certificación de Trámite PPT?

  1. Ingresa a la dirección: https://www.migracioncolombia.gov.co
  2. Haz clic en el botón “Validación PPT”
  3. En la siguiente ventana, coloca los datos: número del RUMV, número del documento de identidad con el que fue inscrito en el RUMV y la fecha de nacimiento.
  4. Luego, aparecerá una ventana con sus datos personales, el estado de avance del PPT y el botón “Certificación Imprima Aquí”, haz clic en ese enlace y descarga la Certificación.

Para mayor información, puedes comunicarte con la Línea de Atención y Orientación (LAO) de la Asociación Salto Ángel: 3233161314 | 3106510299. Síguenos en Instagram, Facebook y Twitter.

Abraham Puche / Comunicaciones Asangel

  • mayo, 5
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¿Qué puedo (y no) hacer con el Permiso por Protección Temporal en Colombia?

Un artículo de investigación, publicado por Colombiacheck, explica que el nuevo documento que regulariza la permanencia de los venezolanos en territorio colombiano ofrece acceso a derechos y servicios, pero también tiene un alcance limitado. Veamos para qué sirve y para qué no. Este reportaje está actualizado al 15 de junio de 2022.

Por: Abraham Puche (*)

El Permiso por Protección Temporal (PPT) es el documento que otorga condición de regularidad a los migrantes venezolanos que viven en Colombia, tal como dispone la Resolución 0971 de 2021. El Estado colombiano ofrece este mecanismo de carácter excepcional hasta mayo de 2031, con el cual los venezolanos pueden acceder a derechos, trámites y servicios fundamentales.

Aunque el Gobierno colombiano presentó el PPT como una solución a la situación migratoria irregular de muchos venezolanos en el territorio, que incluso ha sido alabado por organismos internacionales como ACNUR, lo cierto es que a medida que va pasando el tiempo, surgen más interrogantes sobre su alcance práctico.

En las redes sociales (1) (2) (3) (4) (5) (6) circulan preguntas, comentarios y quejas de poseedores del PPT sobre este documento, que van desde sacarse el RUT (Registro Único Tributario), obtener la licencia de conducir, casarse, registrar a niños nacidos en Colombia, acceder a una billetera electrónica y muchas más.

En el marco del proyecto Conectando Caminos por los Derechos, en el que se hacen verificaciones de interés para la comunidad migrante venezolana, colombiana retornada y las comunidades de acogida, explicaremos qué pueden y qué no pueden hacer los migrantes venezolanos con el PPT en Colombia.

PPT versus Visa de residente

Tal como se dijo al principio de este artículo, el PPT es un documento de carácter excepcional y temporal, y sus alcances y limitaciones no deben confundirse con las que otorga una visa o una cédula de extranjería. El marco jurídico colombiano indica que todo ciudadano extranjero que desee establecerse en Colombia debe ser portador de una visa y una cédula de extranjería, para lo cual se deben cumplir con una serie de requisitos, entre los que destacan la presentación del pasaporte del país de origen y el pago de aranceles.

Ante la difícil situación de Venezuela, donde es muy difícil obtener un pasaporte, el ingreso masivo de venezolanos al territorio colombiano de manera irregular y las fuertes limitaciones económicas de muchos de ellos, el Gobierno colombiano decidió crear el PPT como mecanismo de regularización, con el cual los venezolanos pueden acceder tanto a la visa como a la cédula de extranjería. 

Tal como mencionamos en un explicador anterior, el PPT tiene vigencia hasta el 30 de mayo de 2031, y antes de esa fecha cada portador de este documento debe solicitar y obtener una visa de residente. Este documento se obtiene a los 5 años de permanencia legal, es decir, a partir de la fecha de expedición del PPT, no obstante, aquellos migrantes venezolanos portadores del Permiso Especial de Permanencia (PEP) se les validará el tiempo que tuvieron con este documento. Por ejemplo, quienes recibieron el PEP en 2018, a la fecha ya tienen 4 años regularizados en Colombia, entonces solo deben esperar un año más con el PPT para solicitar la visa de residente.

Mientras se cumplen estos procesos, los migrantes venezolanos portadores del PPT pueden acceder a trámites y servicios, sin embargo, esto no ocurre en todos los casos.

Acceso a trámites y servicios del Estado con el PPT

El presidente Iván Duque firmó la Directiva 05 de 2022, en la que se reconoce el PPT como documento válido para que sus portadores puedan acceder a la siguiente oferta institucional del estado colombiano. 

La misma exhorta a todas las entidades públicas del orden nacional a “admitir el PPT como documento válido de identificación para los migrantes venezolanos, y permitirles así el acceso a su oferta institucional en las mismas condiciones que la población colombiana”, y se ordena a las entidades públicas a hacer los ajustes necesarios para incluir el PPT como documento de identificación válido en sus sistemas de información, de tal forma que se garantice: 

  1. Acceso a la salud y seguridad social: el Ministerio de Salud y de Protección Social emitió la Resolución 1178 de 2021 y la Resolución 522 de 2022, en las cuales se reconoce el PPT para acceder al sistema de salud nacional y seguridad social. Vale recordar que los migrantes venezolanos regularizados a través del PPT no necesitan registrarse primero en el Sisben para poder acceder al sistema de salud, tal como dice el Decreto 064 de 2020, donde se priorizan a la población migrante venezolana, recién nacidos, menores de edad y población vulnerable.
  1. Oferta bancaria y financiera: la Superintendencia Financiera emitió la Carta Circular 71 de 2021, en la que reconoce el PPT. En un explicador anterior detallamos la ruta financiera para el acceso a los servicios bancarios, sin embargo, algunos bancos privados solicitan adicionalmente el pasaporte y RUT a los migrantes venezolanos para la apertura de cuentas bancarias.
  1. Registro en el Sisben: migrantes venezolanos con PPT pueden solicitar ingresar a la encuesta Sisben y, de acuerdo a la clasificación socioeconómica, ser potenciales beneficiarios de programas sociales y ayudas económicas, como el Ingreso Solidario, los cuales no son automáticos sólo por tener el documento, como explicamos acá.
  1. Derecho a la educación: en base al artículo 67 de la Constitución política de Colombia, la educación es un derecho, por lo que el Ministerio de Educación Nacional ha autorizado el PPT como documento válido para la incorporación de los migrantes venezolanos al sistema educativo, especialmente a niños, niñas y adolescentes.

Para qué más sirve el PPT:

  • Acceder al empleo formal: el portal web del Ministerio del Trabajo aún coloca el antiguo Permiso Especial de Permanencia – PEP-, como uno de los documentos válidos para optar por un empleo formal, pero tal como ya se explicó, la Directiva 05 de 2022 precisa que el PPT es el documento “que autoriza a los migrantes venezolanos (…) a ejercer durante su vigencia, cualquier actividad y ocupación legal en el país, incluidas aquellas que se desarrollen en virtud de una vinculación o de contrato laboral”. ¿Qué pasa con los portadores del PEP que cumplieron todos los pasos del Registro Único de Migrantes Venezolanos – RUMV, pero todavía esperan por el PPT? ¿Se quedan sin empleo? En otro explicador anterior, se aclaró que el PEP mantiene su vigencia hasta el 28 de febrero de 2023, por lo que solo en estos casos puntuales se mantiene el PEP como documento legal para el acceso a empleo formal.
  • Registrar un menor nacido en Colombia: Tal como puedes leer aquí, los migrantes venezolanos portadores del PPT pueden registrar a sus hijos nacidos en Colombia y así acceder a la nacionalidad colombiana, de acuerdo con la Resolución 8470 de 2019 y la Resolución 8617 de 2021.
  • Estudiar en el SENA: la circular 0000-4 de 2022 del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA- explica los lineamientos para la inscripción de los migrantes venezolanos portadores del PPT en esta institución. La circular indica que el migrante, al momento de registrar el tipo de documento en el sitio web del SENA, debe seleccionar la opción “Permiso Especial de Permanencia (PEP)”, escribir el número de su PPT y agregar ceros (0) a la izquierda hasta completar los 15 dígitos disponibles en el espacio. Esta metodología continuará así hasta que el SENA habilite definitivamente “Permiso por Protección Temporal (PPT)” en las opciones de documento.
  • Registro Único Tributario – RUT (el equivalente al RIF en Venezuela): este registro es indispensable para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, fiscales y cambiarias, además de establecer contratos comerciales, laborales y económicos con terceros. La inscripción al RUT no tiene ningún costo y el migrante venezolano debe agendar cita en el portal web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), colocar su número de PPT en el reglón “Otro” y presentarse en el día de la cita con su PPT (original y copia).
  • Registros en la Cámara de Comercio: con estos registros pueden legalizar sus negocios o emprendimientos, firmar contratos, formalizar compras y ventas de bienes muebles e inmuebles, formar parte de la junta directiva de alguna corporación (en caso de que así se lo exijan), etcétera.
  • Viajar dentro de Colombia: en un explicador anterior se aclaró que con el PPT los migrantes venezolanos pueden transitar dentro del territorio colombiano, incluso por avión, sin embargo, también pueden presentar su pasaporte vigente o vencido, tal como lo autoriza la Resolución 2231 de 2021.

Para qué no sirve el PPT:

  • Matrimonio: los venezolanos no necesitan el PPT para casarse en Colombia, sino que deben presentar copia del pasaporte (vigente o vencido), partida de nacimiento venezolana apostillada y certificado de soltería apostillados por Venezuela. La Embajada de Venezuela acreditada en Colombia ofrece la opción de emitir la Carta de Soltería legalizada, para lo cual el solicitante debe registrarse en el portal y presentar la hoja de datos de su pasaporte más dos testigos, entre otros requisitos.
  • Pase de conducción (Licencia de conducir): según fuentes consultadas en el Instituto de Transporte y Transporte Municipal de Riohacha (Instram), el Ministerio de Transporte todavía no ha emitido al Registro Único Nacional de Tránsito (institución privada) ninguna circular que autorice el reconocimiento del PPT como documento válido. Hasta la fecha, para optar a dicho documento, el migrante venezolano debe presentar pasaporte o cédula de extranjería.
  • Viajar al exterior: quien quiera salir de Colombia debe presentar pasaporte, visa (aplicable en aquellos países que exigen este documento para su ingreso) y demás requisitos, como por ejemplo PCR y carnés de vacunación contra la Covid-19. En el caso de los venezolanos, deben presentar su pasaporte de Venezuela, ya que el PPT no es un documento válido para salir del país. 
  • Obtener billetera digital: se consultó directamente, vía redes sociales, a varias billeteras digitales disponibles en territorio colombiano y ninguna hace registros con el PPT; sólo Movii acepta a migrantes venezolanos, pero con el antiguo Permiso Especial de Permanencia – PEP más el pasaporte. Por su parte, Nequi mantiene su política de solo aceptar Tarjeta de Identidad, Cédula de Ciudadanía o Cédula de Extranjería para abrir una cuenta electrónica. Y ya explicamos que es falso que se pueda acceder a una cuenta Nequi sin alguno de estos documentos. Por su parte, Daviplata reitera que solamente los colombianos con Cédula de Ciudadanía pueden disfrutar de sus servicios.
  • Servicios de telefonía móvil e internet: al igual que en el punto anterior, se consultó directamente por redes sociales a las principales compañías de telefonía móvil del país y solo WOM acepta el PPT como documento válido para comprar equipos y servicios, las demás empresas consultadas exigen cédula de ciudadanía o de extranjería.

Entonces, ¿por qué no todos aceptan el PPT?

A pesar de que el gobierno de Colombia reconoce la validez del PPT como documento de identidad y regularización migratoria de los venezolanos en territorio colombiano, hemos visto que no todos lo aceptan. ¿Por qué? ¿Qué repercusiones trae eso a los venezolanos?

Buscamos la opinión de la abogada experta en migración Claribeth Pava, Coordinadora del Programa de Asistencia Legal a Personas con Necesidad de Protección Internacional del convenio entre la Universidad de La Guajira – Opción Legal y ACNUR:

“Hemos visto que en los sistemas de salud y educación hay mayor familiaridad con el PPT, porque la población migrante venezolana es muy recurrente en el acceso a estos derechos. A diario, las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y los Institutos Prestadores de Salud (IPS) reciben a pacientes venezolanos; por otra parte, las escuelas y liceos -en particular los públicos- velan por el derecho a la educación de niños, niñas y adolescentes venezolanos”.

No obstante, la abogada señala que “ha habido un problema de socialización del PPT por parte del Estado colombiano, en términos generales. Por ejemplo, he visto que muchas organizaciones no tienen el PPT en sus sistemas de registros, porque desconocen su existencia o porque no saben que hay un nuevo proceso de regularización migratoria”, apunta.

Además, añade que “por tanto, se están vulnerando los derechos de muchos migrantes venezolanos, quienes han tenido que acudir a otros entes para que envíen derechos de petición, en los cuales han debido especificar que hay un nuevo Estatuto que regulariza a la población venezolana. En fin, para muchos venezolanos con PPT, el acceder a los derechos y servicios ha sido un doble proceso”, cuestiona.

La abogada advierte que “tenemos a muchas empresas privadas, como entidades financieras, compañías de telefonía e internet, entre otras más, que se reservan el derecho de admisión de personas que presenten el PPT”, puntualiza Pava. Esto a pesar de la existencia de una guía financiera para migrantes y retornados presentada por la propia Asociación Bancaria de Colombia. Lo que sería, según la experta, una violación del derecho a la igualdad.

Este contenido se produce con el fin de ofrecer información verificada y pertinente, que apoye el desarrollo de mediano y largo plazo para migrantes venezolanos, colombianos retornados y comunidades receptoras en Colombia. Es realizado en el marco de Conectando Caminos por los Derechos, programa de la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), e implementado por el consorcio integrado por Pact, ABA-ROLI, Freedom House e Internews, que promueve la cohesión comunitaria y la seguridad ciudadana para garantizar el derecho de todos los miembros de la sociedad a vivir libres de toda forma de crimen y violencia, independientemente de su estado legal en el país.

* Integrante de la red de corresponsales del proyecto Conectando Caminos por los Derechos.

  • junio, 30
  • 476
  • Migración
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Líderes comunitarios de Riohacha se capacitan sobre el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos

En el marco del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos – PPT, la ASOCIACIÓN SALTO ÁNGEL dictó un ciclo de talleres a 40 líderes comunitarios de los barrios: Villa del Sur, Las Tunas y 2 de Marzo del distrito de Riohacha – La Guajira, sobre este mecanismo de regularización migratoria que busca brindar protección y acceso a derecho a los nacionales venezolanos residenciados en Colombia. 

El ciclo de talleres se impartió con el apoyo del Fondo de Donaciones del Programa de Estabilización Comunitaria de USAID Colombia y la Organización Internacional para las Migraciones – OIM , desde el lunes 21 al sábado 26 de marzo, donde se brindaron capacitación legal a los líderes sobre los deberes y derechos de los nacionales venezolanos residentes en Colombia, aspectos y alcances sobre el ETPV, quienes pueden acogerse a este mecanismo legal, fases del Registro Único de Migrantes Venezolanos (RUMV), qué es el Permiso por Protección Temporal (PPT) y sus beneficios, requisitos que deben cumplir los venezolanos para optar al PPT y todo lo relacionado con el proceso de regularización migratoria en Colombia.

La abogada Zuelky Moscote, oficial de protección del Proyecto, aclaró todas las dudas de los líderes y mostró las rutas para el acceso a derechos, mencionando cada uno de los pasos y requisitos que deben cumplirse. Al finalizar cada taller, los líderes expresaron que sus expectativas fueron alcanzadas y que emplearán todos los nuevos conocimientos para beneficiar a sus respectivas comunidades.

Para hacer más amenas las actividades, los asistentes participaron en un juego interactivo llamado: Mis Derechos sin Fronteras, a donde vaya lo llevas, donde tenían que responder a preguntas relacionadas con la migración para avanzar por un camino hasta llegar a la meta. Este momento fue muy recreativo y sirvió para estrechar lazos de amistad entre los asistentes.

Líderes comunitarios en acción

Una de las participantes fue Teismary Ortega, lideresa comunitaria de la manzana 25 del barrio Villa del Sur, expresó su opinión sobre estos talleres: “Todo ha sido muy importante para nosotros los migrantes venezolanos, porque aprendimos cuáles son nuestros deberes y derechos, ya que muchas veces desconocemos cuales son y no nos defendemos por falta de conocimiento. Particularmente me gustó mucho haber aprendido todo lo relacionado con el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos, ya que muchos de mis connacionales han entrado de manera irregular al territorio colombiano y no saben los pasos para acceder al Permiso por Protección Temporal”.

Ortega destacó la importancia que tiene estos talleres para los nacionales venezolanos que viven en estas comunidades: “Estamos muy agradecidos con la ASOCIACIÓN SALTO ÁNGEL por llegar y hacer jornadas de Registro Único del Migrantes Venezolanos, porque esta población es muy vulnerable y no tiene los recursos para trasladarse hacia el punto Visible más cercano. Estoy muy agradecida con ustedes y espero que sigan trayendo más jornadas de capacitación”.

Otra de las voceras participantes de los talleres fue Dirmelinda Mendoza, quien es lideresa comunitaria de la manzana 19 de Villa del Sur: “El taller fue muy dinámico y profundizamos en los conocimientos que teníamos sobre acceso a Derechos, pero muy en especial resalto lo aprendido sobre el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos, así como los alcances del Permiso por Protección Temporal: acceso al empleo formal, salud, educación, bancarización, entre otros. También aprendimos a cuáles organismos recurrir si han sido violentados nuestros derechos. En una calificación del 1 al 10, le pongo un 10”. 

Estos 40 líderes y lideresas recibieron diplomas de participación a los talleres y reiteraron el compromiso de seguir apoyando a los nacionales venezolanos, ahora con mayores herramientas y conocimientos impartidos por la ASOCIACIÓN SALTO ÁNGEL con el apoyo del Fondo de Donaciones del Programa de Estabilización Comunitaria de USAID Colombia y la Organización Internacional para las Migraciones – OIM.

  • abril, 5
  • 361
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Población migrante venezolana es orientada y acompañada en el proceso para el ETPV

Con el objetivo de brindar orientación e información en materia de protección y acceso a derechos de la población migrante venezolana residente en Riohacha, La Guajira, más de 600 personas han recibido asesoría y acompañamiento para el acceso a este mecanismo de regularización migratoria. 

Estas atenciones se vienen realizando desde el mes de noviembre de 2021 por la Asociación Salto Ángel, con el apoyo del Fondo de Donaciones del Programa de Estabilización Comunitaria de USAID Colombia y la Organización Internacional para las Migraciones – OIM, para brindar herramientas a los líderes comunitarios en gestión de derechos. 

Hasta finales de enero de 2022, más de 400 mujeres y más de 200 hombres de diferentes edades y etnias han sido atendidos en las diferentes jornadas comunitarias, de manera presencial y por medio de la Línea de Atención y Orientación (LAO) de la Asociación Salto Ángel.

Este proyecto contempla una estrategia de comunicación integral, donde por redes sociales se promueve una campaña informativa sobre cómo acceder a la constancia de pre-registro, consultar el estado de su PPT, documentos que sirven como pruebas sumarias, recomendaciones para tener en cuenta al momento de asistir a una jornada de pre-registro y sobre mitos y realidades relacionados al Permiso Protección Temporal – PPT, desmitificando de esta manera falsas creencias sobre este documento que busca brindar un estatus migratorio regular a la población venezolana residente en territorio colombiano. 

Con esta iniciativa, se capacitarán a líderes comunitarios y voluntarios de la Asociación Salto Ángel en gestión de derecho y liderazgo.

  • febrero, 22
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Asociación Salto Ángel

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